18 Ago 16 El Banco Central elimina importantes restricciones cambiarias
Por Tomás French.
Mediante el dictado de la Comunicación “A” 6037, el Banco Central de la República Argentina eliminó el conjunto de importantes restricciones que se mantenían vigente, flexibilizando el acceso al mercado local de cambios (“MULC”).
Entre las medidas adoptadas, se destaca la eliminación de la obligación de aportar documentación respaldatoria respecto de cada operación de cambio a realizar. A partir del 9 de agosto de 2016, toda transacción se procesará automáticamente y quien la realice sólo tendrá que especificar, con carácter de declaración jurada, el concepto que corresponde a la operación (atesoramiento, comercio exterior, etc.), entre otros datos básicos.
Adicionalmente, se eliminaron los topes mensuales de compra para atesoramiento y transferencia de moneda extranjera al exterior por parte de residentes y se habilitó el acceso al MULC para el pago de servicios, utilidades, dividendos e intereses. Por otro lado, se simplificó el acceso al MULC por parte de no residentes.
Respecto de las operaciones vinculadas con endeudamiento financiero externo, se eliminó la obligación de ingreso y liquidación en el MULC como requisito previo para el pago de intereses y capital. Asimismo, la nueva normativa (i) eliminó las restricciones para el pago anticipado de capital y (ii) autoriza el pago de capital e intereses de deuda local emitida en moneda extranjera.
Finalmente, el nuevo régimen cambiario derogó la Comunicación A 4805 que limitaba la realización de operaciones de derivados financieros con mercados institucionales del exterior.
El nuevo régimen establece cambios respecto de:
• Compra de moneda extranjera para atesoramiento
• Pago de servicios, utilidades y dividendos al exterior
• Acceso al MULC para no residentes
• Derivados financieros
• Deuda financiera
• Operaciones comerciales