Actualización de patrimonio neto mínimo y activos elegibles como contrapartida líquida

Por Martín Chindamo y Tomás Mingrone

 

Mediante la resolución general N° 1.080 (en adelante, la “Resolución”), la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”) actualiza el listado de activos que pueden ser utilizados por las entidades bajo su fiscalización para cumplir con los requisitos de contrapartida líquida y fondo de garantía III.

La presente Resolución actualiza los requisitos patrimoniales aplicables a los mercados y a las Cámaras Compensadoras, reforzando los estándares de solvencia y liquidez exigidos por la normativa. En este marco, se actualizó el listado de activos elegibles contemplados en la normativa vigente, incorporando nuevos instrumentos y consolidando aquellos que ya venían siendo contemplados en criterios interpretativos, con foco en su condición de liquidez.

Asimismo, se establecen lineamientos específicos en materia de solvencia y liquidez para los agentes inscriptos en múltiples categorías, aportando mayor claridad respecto de sus obligaciones. También se introducen previsiones aplicables a los Agentes Asesores Globales de Inversión, en línea con el tratamiento previsto para las demás categorías.

Por último, la Resolución fija diferentes plazos de adecuación para los sujetos alcanzados:

  • Patrimonio neto mínimo de mercados y cámaras: hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Activos elegibles como contrapartida líquida y fondo de garantía III: hasta el 30 de septiembre de 2025.
  • Acciones de mercados autorizados por CNV como activos elegibles: hasta el 31 de diciembre de 2025.