29 Dic 23 Proyecto de Ley – Modificaciones a las operaciones de crédito público
Por Agustín Cerolini, Matías Ferrari, Natalia Artmann y Valentina Circolone
El 27 de diciembre de 2023, el Poder Ejecutivo Nacional (el «PEN«) envió al Congreso de la Nación Argentina (el “Congreso”) el proyecto de ley «Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos« (el “Proyecto«). Entre los temas expuestos, propone modificar la normativa aplicable a las operaciones de crédito público.
En primer lugar, el Proyecto deroga el artículo 1° de la Ley de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública N° 27.612, por lo que la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere el porcentaje máximo establecido en el presupuesto del ejercicio económico correspondiente ya no requerirá una ley especial del Congreso.
Por otro lado, el Proyecto sustituye los artículos 13 y 206 y deroga el inciso a) del artículo 37 de la Ley Impulso al Financiamiento de PyMES N° 27.440. En ese sentido, el artículo 13 de dicha ley habilita la negociación de las «Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs» mediante herramientas o sistemas informáticos que faciliten la realización de operaciones de factoraje, cesión, descuento y/o negociación de facturas, sin que éstas herramientas sean consideradas como mercados y sin autorización previa para funcionar de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), eliminándose cualquier referencia a quiénes pueden participar como compradores y/o adquirentes y/o cesionarios y/o endosatarios. En cuanto al artículo 206, el Proyecto elimina toda referencia a las “poblaciones y desarrollos inmobiliarios para viviendas sociales y sectores de ingresos medios y bajos”. Por su parte, la derogación del inciso a) del artículo 37 el Proyecto habilita a ser miembros del directorio de la CNV a los accionistas o quienes hubieren sido integrantes de los órganos de dirección, administración o fiscalización de entidades sometidas a la regulación y fiscalización de dicho órgano al momento de su designación y durante los 12 meses anteriores.
Finalmente, el Proyecto deroga el artículo 17 de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 que establece el régimen de empleo e incompatibilidades de los miembros del directorio de la CNV.